Importante sentencia del Tribunal Supremo

El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia de fecha 27 de Mayo de 2.019 del Pleno de su Sala Primera por la que estudia el tema que tantas veces se nos plantea de que en un accidente de tráfico ninguno de los conductores logra probar su falta de culpa o negligencia en la causación del daño al otro vehículo. Es decir, en los temas en los que, por desgracia, no podemos acreditar que el otro conductor al que demandamos es el culpable porque el atestado no es lo suficientemente claro, no hay testigos…

El Tribunal Supremo ha dictado la sentencia de fecha 27 de Mayo de 2.019 del Pleno de su Sala Primera por la que estudia el tema que tantas veces se nos plantea de que en un accidente de tráfico ninguno de los conductores logra probar su falta de culpa o negligencia en la causación del daño al otro vehículo. Es decir, en los temas en los que, por desgracia, no podemos acreditar que el otro conductor al que demandamos es el culpable porque el atestado no es lo suficientemente claro, no hay testigos…

El Tribunal Supremo ha dicho en la sentencia citada que en los casos en que ninguno de los conductores logre probar su falta de culpa, habría tres soluciones:

  1. que cada conductor indemnice íntegramente los daños del otro vehículo,
  2. que las culpas se neutralicen y entonces ninguno deba indemnizar los daños del otro vehículo, y
  3. que cada uno asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50%

Y de esas tres soluciones señaladas el Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo se ha inclinado por la tercera, es decir, que cada uno asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50% por ser la más coherente con la efectividad de la cobertura de los daños en los bienes por el seguro obligatorio de vehículos de motor. Lo anterior es muy importante, dado que, en caso de no poder acreditar la culpabilidad del otro vehículo, al menos obtendríamos el 50% de la correspondiente indemnización una vez demostrada la causación del accidente.

Etiquetas: accidente trafico, accidentes de circulación, Tribunal Supremo

Consultas

Para consultas urgentes también le ofrecemos la posibilidad de llamarnos directamente:

Tel: 913 561 287
Mv: 654 775 764

Atención al cliente

Dirección:
Doctor Esquerdo, 23 1º
28028, Madrid
España

Correo electrónico:
info@sosaccidentes.com

Contacte con nosotros para cualquier consulta, petición o sugerencia sobre SOS Soluciones, sobre nuestros servicios o sobre nuestra web. Le invitamos a rellenar este formulario y su consulta será atendida de inmediato.

Formulario de contacto