Indemnizaciones por accidente de tráfico ¿qué se indemniza? Y ¿en cuanto se indemnizan los daños personales?
Cuando se tiene un accidente de tráfico se percibirá una indemnización que será de un lado por los daños personales que pueden existir y que podrán ser tanto físicos como psíquicos; Se deberán indemnizar los daños materiales, tales como, los daños en el vehículo, el casco de motorista dañado, las gafas que se rompieron, etc… .
Deberán reintegrarse todos los gastos que se hayan realizado por culpa del accidente tales como, compra de medicamentos, gastos de transporte, gastos por personal que ayude en las labores domésticas … etc. ¿en cuanto se indemniza? Respecto a los daños personales las cuantías están establecidas en la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, mediante un baremo, que es actualizado anualmente. Este baremo, recoge de un lado las indemnizaciones que deben corresponder por el fallecimiento y de otro, un catalogo de secuelas o lesiones permanentes a las que se le asignan unos puntos de valoración en función de la gravedad de la lesión, siendo el máximo de puntos atribuibles de 100.
Por ejemplo; Se establece que una hernia discal o protusión operada o sin operar se valorará de 1 a 15 puntos. La pérdida de un ovario entre 20-25 puntos, o la pérdida de visión de un ojo en 25 puntos. Estos son algunos ejemplos. En general se ha tratado de recoger en dicho baremo toda la anatomía corporal así como los posibles síndromes psiquiátricos. Se establecen también las cuantías para las posibles lesiones permanentes que constituyan una incapacidad para la ocupación o actividad habitual de la víctima ; Incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez. Las cuantías para los casos de fallecimiento, han sido establecidas teniendo en cuenta las circunstancias personales de la víctima y el grado de parentesco que tenga cada perjudicado beneficiario.
Por ejemplo si era hijo único, o si era un padre con hijos a su cargo etc. Y se establecen cuantías por los días que tarda el lesionado en curar; El baremo los clasifica días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos asignandoleo a cada uno de ellos una valor distinto.En 2014 los días de hospitalización se pagan a 71,84.-€ , los días impeditivos a 58,41.-€ y los no impeditivos a 31,43.-€. La graduación de los puntos que deban corresponder a cada secuela, así como el número y la calificación de los días deben hacerla los médicos especialistas en valoración del daño corporal, bien un médico forense o un médico con estudios de valoración del daño corporal y siempre tras el análisis de los informes médicos que presente el lesionado y la exploración directa del mismo.
Deberán reintegrarse todos los gastos que se hayan realizado por culpa del accidente tales como, compra de medicamentos, gastos de transporte, gastos por personal que ayude en las labores domésticas … etc. ¿en cuanto se indemniza? Respecto a los daños personales las cuantías están establecidas en la ley de responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, mediante un baremo, que es actualizado anualmente. Este baremo, recoge de un lado las indemnizaciones que deben corresponder por el fallecimiento y de otro, un catalogo de secuelas o lesiones permanentes a las que se le asignan unos puntos de valoración en función de la gravedad de la lesión, siendo el máximo de puntos atribuibles de 100.
Por ejemplo; Se establece que una hernia discal o protusión operada o sin operar se valorará de 1 a 15 puntos. La pérdida de un ovario entre 20-25 puntos, o la pérdida de visión de un ojo en 25 puntos. Estos son algunos ejemplos. En general se ha tratado de recoger en dicho baremo toda la anatomía corporal así como los posibles síndromes psiquiátricos. Se establecen también las cuantías para las posibles lesiones permanentes que constituyan una incapacidad para la ocupación o actividad habitual de la víctima ; Incapacidad permanente parcial, total, absoluta y gran invalidez. Las cuantías para los casos de fallecimiento, han sido establecidas teniendo en cuenta las circunstancias personales de la víctima y el grado de parentesco que tenga cada perjudicado beneficiario.
Por ejemplo si era hijo único, o si era un padre con hijos a su cargo etc. Y se establecen cuantías por los días que tarda el lesionado en curar; El baremo los clasifica días de hospitalización, días impeditivos y días no impeditivos asignandoleo a cada uno de ellos una valor distinto.En 2014 los días de hospitalización se pagan a 71,84.-€ , los días impeditivos a 58,41.-€ y los no impeditivos a 31,43.-€. La graduación de los puntos que deban corresponder a cada secuela, así como el número y la calificación de los días deben hacerla los médicos especialistas en valoración del daño corporal, bien un médico forense o un médico con estudios de valoración del daño corporal y siempre tras el análisis de los informes médicos que presente el lesionado y la exploración directa del mismo.
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