Sí tienes un accidente de tráfico en el tiempo de descanso de la jornada laboral ¿es accidente de trabajo?

Lo más frecuente cuando tenemos un accidente de tráfico relacionado con el trabajo, es que se trate de accidente laboral propiamente dicho, al acaecer realizando una misión encomendada por el empresario o en los casos de transportistas, camioneros… o “in itinere”, es decir al ir o al volver del trabajo. Pero ¿qué ocurre cuando el accidente de tráfico no acontece ni al ir a incorporarse al puesto de trabajo ni al volver desde el trabajo al domicilio? ¿Por ejemplo, en el tiempo de descanso o pausa del bocadillo en el que, como tantas veces ocurre, se ha cogido el coche para ir a comer a un bar cercano al trabajo?

En principio, por increíble que parezca no se trataría de accidente de trabajo, pues no se está ni en tiempo de trabajo, ya que es el descanso y además en algunos convenios colectivos se establece que ese tiempo de descanso no es de trabajo, ni en el lugar de trabajo. Y tampoco sería accidente “in itinere” pues no se está ni yendo ni volviendo del trabajo. Desde luego, esto es lo que va a plantear la mutua de trabajo con toda seguridad.

Pues bien, últimamente se está despejando la duda en el sentido de que no se considere accidente de trabajo propiamente dicho, pero sí “in itinere”. Hay ya unas cuantas sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia que así lo consideran expresamente y eso por entender que en un accidente “in itinere”, lo más importante no es salir del domicilio para incorporarse al trabajo o volver al domicilio una vez concluido el trabajo. Lo fundamental es que ese desplazamiento se ocasione al ir al lugar de trabajo o al volver del lugar de trabajo aunque sea en tiempo de descanso, es decir, que esté relacionado con el trabajo. Por ello, si el siniestro se ha producido en un desplazamiento efectuado en el tiempo de descanso se considera accidente de trabajo siempre que se cumplan el resto de requisitos tradicionales en la materia (relación causal, proporcionalidad…)

Si te ha ocurrido un accidente de tráfico en el tiempo de descanso de tu trabajo no dudes en ponerte en contacto con nosotros.

Etiquetas: abogado accidente trafico, accidentes, codigo penal accidentes trafico, accidentes trafico, Abogados Accidentes trafico

Consultas

Para consultas urgentes también le ofrecemos la posibilidad de llamarnos directamente:

Tel: 913 561 287
Mv: 654 775 764

Atención al cliente

Dirección:
Doctor Esquerdo, 23 1º
28028, Madrid
España

Correo electrónico:
info@sosaccidentes.com

Contacte con nosotros para cualquier consulta, petición o sugerencia sobre SOS Soluciones, sobre nuestros servicios o sobre nuestra web. Le invitamos a rellenar este formulario y su consulta será atendida de inmediato.

Formulario de contacto